SBS usará metodología desarrollada por CISMID para el cálculo de riesgos catastróficos

Vista aérea de Lima (AFP).

Fuente: El Comercio. SBS actualizó reglamento de reservas de aseguradoras frente a riesgos catastróficos.

Metodología desarrollada por CISMID-UNI será usada para la formulación del cálculo de la reserva de riesgos catastróficos en aseguradoras, así lo establece el nuevo reglamento de la SBS aprobado en diciembre del 2021.

Considerando los avances científicos en el estudio de los riesgos de terremotos y tsunamis, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha venido trabajando en la actualización y mejora del reglamento para la constitución de la reserva de riesgos catastróficos, reserva técnica que deben constituir las empresas de seguros para estimar el impacto de las pérdidas que puedan afectar las edificaciones, contenido y lucro cesante asegurados a nivel nacional frente a eventos de la naturaleza, como terremotos, tsunamis, lluvias e inundaciones, entre otros, que pueden ocasionar una gran acumulación de siniestros.

Mapa de microzonificación sísmica de Lima

La nueva Resolución SBS N° 3661-2021 establece la forma de cálculo de la reserva de riesgos catastróficos, sustentada en la metodología desarrollada por CISMID; en sus análisis del peligro sísmico y de tsunami; su identificación de fuentes sísmicas y aquellas que podrían generar tsunamis; en los mapas de microzonificación y zonificación sísmica; en modelos que recogen la realidad estructural de las edificaciones en el país, entre otros.  Esta metodología se aplica a los valores declarados retenidos a nivel nacional de los bienes asegurados, considerando en la medición la exposición que presentan las carteras de seguros en todo el Perú.

Asimismo, la SBS refiere que ha sido necesaria la revisión y actualización de las tipologías estructurales que predominan en las edificaciones aseguradas en el país, así como de los diferentes tipos de usos que usualmente corresponden a los bienes asegurados.

La reglamentación también contempla la aplicación de dicha reserva para la cobertura de otros riesgos como erupciones volcánicas, lluvias intensas,

inundaciones, tormentas y el Fenómeno El Niño. Una vez aplicada la reserva catastrófica para el pago de siniestros, las empresas de seguros contarán con un plazo máximo de cuatro trimestres para su restitución.

Inundación por tsunami para un escenario de 8.0-Víctor Larco Herrera

El documento denominado “Bases técnicas para la estimación de pérdidas con fines de seguros de terremoto y tsunami”, que forma parte del Reglamento, es el resultado del trabajo conjunto desarrollado entre el CISMID y la SBS desde el año 2017. Este proceso ha contado con la asistencia técnica del Programa de Financiamiento y Aseguramiento del Riesgo de Desastres en Perú del Banco Mundial, y con el financiamiento de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza (SECO).

La nueva reglamentación contempla un plazo para que las empresas de seguros adecuen e implementen las disposiciones aprobadas, hasta el 30 de junio de 2023.

Lee también:

Los proyectos del CISMID en favor de la concientización sobre tsunamis

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